El régimen interno es el modo más amplio de contratación. Se trata de contratar a una persona 24 horas. Deberá ofrecérsele alojamiento y manutención, además de su salario y determinados derechos establecidos por ley. Dichos derechos son, salvo pacto distinto entre las partes, los siguientes:
Durante el horario de trabajo, la persona/s contratada se encarga tanto del cuidado y atención de la persona mayor y/o enferma (control de medicación, aseo del paciente, ayuda a vestir, paseos, acompañamiento a citas médicas, etc.); así como la realización de tareas del hogar y servicio doméstico (plancha, limpieza, compra, cocina, etc.), así como los realizados en Ayuda en hospitales, para pacientes con poca movilidad.
En la modalidad de régimen externo, Ud. podrá contratar a la empleada durante las horas que necesite a lo largo del día. No existe un horario preestablecido, sino que se seleccionará una persona adecuada al perfil y horas diarias necesarias. Normalmente, salvo que se requiera de otra manera, este servicio se suele realizar de lunes a viernes e incluso, si fuese preciso de lunes a sábado. En esta modalidad se le deberá dar a la persona contratada el salario acordado y:
Durante el horario de trabajo, la persona/s contratada se encarga tanto del cuidado y atención de la persona mayor y/o enferma (control de medicación, aseo del paciente, ayuda a vestir, paseos, acompañamiento a citas médicas, etc.); así como la realización de tareas del hogar y servicio doméstico (plancha, limpieza, compra, cocina, etc.), así como los realizados en Ayuda en hospitales, para pacientes con poca movilidad.
El régimen de noches es un régimen demandado por personas mayores y/o enfermos que padecen trastornos de sueño, o pasan solos las noches y tienen ciertas dependencias, necesitando por tanto una atención extra. Con esta asistencia podremos evitar caídas durante la noche ya que la persona que realiza el servicio se encuentra constantemente pendiente del paciente para aquello que necesite (levantarse, aseo en cama, apoyo a la movilidad, acudir al baño, tomar medicación, o simplemente estar pendiente del mismo).
El horario se establece en función de las necesidades requeridas por el usuario Normalmente suele realizarse desde las 21-22h hasta las 8-9h del día siguiente, aunque dicho horario es amoldable. El servicio podrá realizarse todos los días de la semana, de lunes a viernes, durante el fin de semana o días sueltos.
Durante el horario de trabajo, la persona/s contratada se encarga tanto del cuidado y atención de la persona mayor y/o enferma (control de medicación, aseo del paciente, ayuda a vestir, desayunos y cenas, así como cualquier urgencia que pueda surgir durante la noche, acompañamiento de urgencia a hospitales y centros médicos si fuese necesario, así como los realizados en Ayuda en hospitales, para pacientes con poca movilidad.
Fines de semana. Podrá tener una persona desde el sábado por la mañana hasta el domingo por la noche -durmiendo con el paciente-, o sólo durante el día del sábado y el día del domingo, según sus necesidades. Pudiendo establecerse un extra desde el viernes noche.
Durante el horario de trabajo, la persona/s contratada se encarga tanto del cuidado y atención de la persona mayor y/o enferma (control de medicación, aseo del paciente, ayuda a vestir, paseos, acompañamiento a citas médicas, etc.); así como la realización de tareas del hogar y servicio doméstico (plancha, limpieza, cocina, etc.).
Ayuda en hospitales. El cuidado de personas mayores enfermas en el Hospital es un servicio muy demandado debido a la poca disponibilidad de tiempo que tienen las familias y la gran demanda de atención que necesitan nuestros mayores cuando están ingresados, dándose situaciones de larga duración. El personal de Institucio Ibars ayudará a la persona ingresada a levantarse, bañarle, ayuda con cuñas, aseo en cama, apoyo a la movilidad, cambios posturales, servicio de duermevelas, cuidado durante el sueño nocturno, conversación, etc. Hacen que la estancia en el hospital sea más confortable y llevadera para los familiares y para el propio paciente.
Podrá contratar al personal durante las horas necesarias: horas sueltas, noches, durante el día, fines de semana, tanto por la modalidad de Agencia de colocación como directamente con personal de Institució Ibars.
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